"La decisión sobre la venta de alimentos en un país no musulmán, durante el mes de Ramadan."
Sheij Mohamed Ali Ferkous
(que Allah lo preserve)
Pregunta: Trabajo en un restaurante de comida rápida en un país de incrédulos.
¿ me está permitido vender estos alimentos después de la oración del Asr durante el mes de Ramadán?
Sabiendo que los clientes pueden ser incrédulos o bien pueden ser musulmanes, ¿que me aconseja sobre esto?
No está permitido ayudar a aquellos a quiénes les obligado ayunar, en principio, en el mes de Ramadán; tales como los musulmanes, o los que les está ordenado hacerlo después de haber abrazado el Islam; ni tampoco está permitido ayudar a los incrédulos ya que pasan el mes de Ramadán comiendo durante sus días, porque es una ayuda mutua en el pecado y la transgresión, Allah sebhana wa tâal Dice:
وَتَعَاوَنُوا عَلَى الْبرِّ وَالتَّقْوَى وَلاَ تَعَاوَنُوا عَلَى الإِثْمِ وَالْعُدْوَانِ﴾ [المائدة : 2].
Traducción de este verso:
"Ayúdense mutuamente en el cumplimiento de las buenas obras y de la piedad y no se ayuden mutuamente en el pecado y la transgresión"
[El-Mâ'ida (La mesa servida): 2].
En efecto, la opinión de los ulama es que: los incrédulos mueren en la incredulidad, teniendo en cuenta que no ayunan y que esto es una de las ramas del Islam, no se les considera como fieles y no deben de ayunar.
Sin embargo, en su vida, si estos abrazan el Islam deben de cumplir todas las obligaciones prescritas.
Existe otra fatawa similar, que se titula; "La decisión sobre la comida de un incrédulo durante el mes de Ramadan".(1)
Y a Allah le pertenece todo conocimiento y toda Alabanza es para El, Señor de los Mundos, y para el Profeta Muhammad, la paz y las bendiciones sean con el, su familia y sus compañeros.
(1) Fatwa numéro 605
Fuente: http://www.ferkous.net
Extraido de: http://salafidunord.over-blog.com
Traducción del francés al castellano: Leila Al Sebtawia.
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